DENEGACIÓN POR SILENCIO ADMINISTRATIVO

Ciudadania Española

En materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, la administración tiene doce meses para resolver la solicitud desde que hubiera tenido entrada en la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP), junto con los informes preceptivos. Estableciendo de forma expresa que “Transcurrido el plazo anterior sin que hubiera recaído resolución expresa, las solicitudes habrán de entenderse desestimadas por silencio administrativo”

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